Acción de tutela No. 2024 – 00105– 00

Señores:
JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE PASTO – JUEZ DE TUTELA (REPARTO)
E. S. D.
Proceso: ACCIÓN DE TUTELA.
Accionante: LUZ ALCIRA MONCAYO REVELO
Accionado: GOBERNACIÓN DE NARIÑO.

LUZ ALCIRA MONCAYO REVELO, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 27.142.944 de Buesaco (N), actuando a nombre propio, respetuosamente me permito interponer ACCION DE TUTELA POR VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL MÍNIMO VITAL, A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA, A LA SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL, AL DEBIDO PROCESO en contra de la GOBERNACIÓN DE NARIÑO, de acuerdo con los siguientes,

  1. Fui funcionaria en provisionalidad de la planta global de la Gobernación De Nariño desde el año 2020 (Hace cerca de 4 años), en el cargo de AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, código 470, grado 01, nombrado mediante decreto Nro. 424 del 15 de septiembre de 2020, según acta de posesión Nro. 133 del 16 de septiembre de 2020 (Documento adjunto) en el municipio de Pasto.
  2. Realicé mis labores asignadas de manera ininterrumpida y dando lo mejor de mi capacidad laboral en favor de cumplir con la misionalidad de la entidad sin ningún inconveniente dentro de los parámetros asignados, y sin encontrarme incurso en ningún procedimiento administrativo, por el contrario, he sido exaltado por el buen ejercicio de mis funciones.
  3. Para el año 2020, la Gobernación de Nariño, adelantó junto a la CNSC el proceso de concurso de méritos en el cual la entidad ofertó ocupar un (1) solo cargo con la OPEC 160262 de AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, el cual correspondía a una compañera con las mismas funciones, pero no al que personalmente yo venía ocupando dentro de los parámetros legales vigentes para ese proceso, sin embrago, La gobernación de Nariño para el mes de junio de 2024 decidió ocupar mi
    cargo con las personas de las listas de elegibles que se encontraban del cargo que se ofertó, realizando su nombramiento y declarando mi insubsistencia (Adjunto documento).
  4. A lo largo del último año he venido informando de manera verbal y escrita a la Gobernación de Nariño en varias ocasiones, de mi estado de salud, el cual se encuentra detallado en la historia clínica adjunta, condición médica que es conocida por la accionada puesto que ahí se han radicado las constantes incapacidades presentadas, al igual que se ha informado en la secretaria de la oficina de talento humano, la señora Soraida, que hasta el momento la ARL POSITIVA no me ha
    programado valoración por medico laboral debido a que en el último mes NO cuentan con profesional de la salud para realizar dicha valoración (Dicha situación es externa a mi voluntad), el diagnostico de las enfermedades que vengo sufriendo es de “Gonartrosis , condromalacia patelar avanzada y Condromalacia de la rótula” (La gonartrosis es una enfermedad articular crónica, degenerativa y progresiva, resultante de eventos mecánicos y biológicos, al igual que la

condromalacia patelar avanzada es una lesión importante del cartílago. En las condropatías la rodilla puede volver a producir algún derrame si se sobrecarga demasiado, por lo que se debe adaptar la cantidad de carga y actividad a lo que la rodilla tolere, pero no hay un ritmo fijo de avance y la condromalacia rotuliana es el desgaste del cartílago de la superficie posterior de la rótula) así mismo, una sospecha diagnostica atropata crónica que compromete hombro y rodillas, igualmente necesito ser valorada de problemas de “Manguito rotador” de brazo izquierdo, teniendo en cuenta que hasta la fecha las terapias que me han sido enviadas por la eps, no han
reflejado mejora de mi situación.

Scroll al inicio
Ir al contenido