Referencia: Acción de tutela.
Accionante: María Nubia Guevara Pantoja.
Accionado: Secretaría de Educación Departamental – Gobernación de
Nariño – Departamento de Nariño.
MARÍA NUBIA GUEVARA PANTOJA, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número 27.423.770 expedida en Samaniego (N), actuando como persona natural, me dirijo respetuosamente a su Despacho con el fin de promover ACCIÓN DE TUTELA, de conformidad con el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia y los Decretos Reglamentarios No. 2591 de 1991, 1382 de 2000, 1983 de 2017 y 333 de 2021, para que judicialmente se conceda la protección de los derechos fundamentales a la DIGNIDAD HUMANA (Art. 1 C.N.), IGUALDAD (Art. 13 C.N.), SEGURIDAD SOCIAL (Art. 48 C.N.), al TRABAJO (Art. 25 C.N.), DEBIDO PROCESO (Art. 29 C.N.), MÍNIMO VITAL (Art. 53 C.N.), ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA POR SER UN ADULTO MAYOR EN CALIDAD DE PREPENSIONADA Y COMO SUJETO EN ESTADO DE DEBILIDAD MANIFIESTA POR SER CABEZA DE FAMILIA, que considero vulnerados y/o amenazados por las acciones y/u omisiones de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL – DEPARTAMENTO DE NARIÑO, quien al expedir la Resolución 2315 del 10 de mayo del 2024 negó mi derecho a permanecer en el cargo sin tener en cuenta mi condición de adulto mayor, prepensionada y madre cabeza de familia. Lo anterior, conforme a los fundamentos que se exponen a continuación: